La habilitación según la Resolución 3100 de 2019 del Ministerio de Salud y Protección Social de Colombia:
Es el proceso por el cual las instituciones y profesionales de la salud demuestran el cumplimiento de los estándares mínimos de calidad, seguridad y pertinencia para prestar servicios de salud. Este proceso es obligatorio y se formaliza mediante el registro y la inscripción en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud (REPS), asegurando que las condiciones de infraestructura, talento humano, equipamiento y gestión sean las adecuadas para satisfacer las necesidades de salud de los pacientes.
CERTIFICACIÓN DE SERVICIOS
Corresponde a la certificación emitida por el Ente Territorial, donde se registra el portafolio de servicios que está certificado para prestarse en cada centro de atención.
CONSTANCIA DE AUTOEVALUACION
Anualmente la ESE Hospital Local Cartagena de Indias, debe realizar la renovación y declaración ante el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud REPS, de los servicios habilitados, previa autoevaluación. Esta actividad se realiza hasta del 30 de enero de cada vigencia y en los casos que la renovación del servicio lo solicite.
DISTINTIVO DE HABILITACION
El Distintivo de Habilitación es un instrumento de identificación, dirigido a los usuarios, que garantiza que el prestador se encuentra inscrito en el Registro Especial de Prestadores de Servicios de Salud REPS, de la entidad territorial- DADIS y que será objeto de verificación para obtener el certificado de habilitación.